029/2022 - Relativa a la emergencia sanitaria

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La Suprema Corte de Justicia, a través de su Secreataría Letrada, Resuelve:

 

1º.- Dejar sin efecto la agenda web electrónica en las oficinas judiciales de todo el país.

2º.- Exceptúanse de lo dispuesto en el artículo anterior aquellas oficinas donde el mecanismo de agenda web se hubiere instrumentado por razones estrictamente funcionales y no sanitarias, como ser: Registro de Profesionales, Inspección General de Registros Notariales, OF.GE.CEN. (Juzgados de Paz Departamentales y de Conciliación de la Capital) y Defensoría Pública de Familia de Montevideo.

3º.- Dejar sin efecto el Protocolo de seguridad e higiene del Poder Judicial dispuesto por Resolución S.C.J. Nro. 29/2020, de fecha 30 de abril de 2020.

4º.- Recomendar enfáticamente la aplicación y cumplimiento de las medidas preventivas generales determinadas por el Ministerio de Salud Pública en su estrategia de vigilancia y control de COVID-19 respecto de uso de mascarillas facilaes, ventilación, lavado de manos e higiene personal y distanciamiento físico, siempre que sea posible.

5º.- Las disposiciones establecidas en la presente resolución comenzarán a regir a partir del día 19 de abril de 2022.

6º.- Comuníquese y publíquese en la página web del Poder Judicial.

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