055/2021 - Tasa Judicial
La Dirección General de los Servicios Administrativos cumple en librar la presente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 149 de la ley nº 16.462 de fecha 11 de enero de 1994, a fin de poner en conocimiento que el valor de la “Tasa Judicial” a regir para el cuatrimestre mayo – agosto del año en curso asciende a $556 (pesos uruguayos quinientos cincuenta y seis).-