Turnos penales de la capital

La planilla de turnos en materia penal de la capital del país se confeccionó tomando en cuenta dos variables simultáneas:

  • El tiempo: porque la intervención de los jueces se produce por períodos de siete días, comenzando el lunes y finalizando el domingo siguiente.
  • La seccional o dependencia policial que interviene en el presunto hecho delictivo: porque durante cada semana hay tres jueces penales de turno, el primero de los cuales entiende en aquellos asuntos en los que intervienen las seccionales policiales 1º a 12º, el segundo en los asuntos en que intervienen las seccionales policiales 12º a 24º y el tercero en los asuntos en los que intervienen otras dependencias policiales que no sean las nombradas.

Para determinar cuál es el juzgado competente en determinado asunto hace falta conocer:

  1. Fecha del presunto hecho delictivo.
  2. Seccional o dependencia policial que intervino en los procedimientos. En este caso, si se conoce el lugar en que habría ocurrido el presunto hecho delictivo puede determinarse la seccional policial correspondiente atendiendo a los límites geográficos de cada jurisdicción policial.