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Favourites376 Jueza Ginares archivó investigación de presunto abuso de analgesia en pacientes terminales /contenido/item/376-jueza-ginares-archivo-investigacion-de-presunto-abuso-de-analgesia-en-pacientes-terminales.html
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19.07.13, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de 1º Instancia de Colonia de 1º Turno, Dra. Virginia Ginares, dispuso el archivo de los expedientes tramitados con motivo de sendas denuncias realizadas por la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) y la mutualista Orameco sospechando el presunto uso abusivo de analgesia en pacientes terminales por parte de una médica y una enfermera.
La jueza consideró especialmente que no debía perderse de vista el hecho de que "esta denuncia se produce en un momento histórico muy sensible a partir de los procesamientos de dos auxiliares de enfermería de Montevideo".
Dos razones llevaron a la Dra. Ginares a disponer la clausura. En primer lugar porque la Fiscal Letrado Departamental, Dra. Darviña Viera, resolvió no ejercer la acción penal. Y en segundo término porque no se advierten elementos que permitan a la jueza apartarse del informe pericial suministrado por el Instituto Técnico Forense (ITF). Sostiene Ginares que dicho dictamen debe valorarse de acuerdo con las reglas de la "sana crítica", que son reglas del correcto entendimiento humano y tienen por base los principios lógicos y de experiencia.
Ginares consideró que "no puede perderse de vista que esta denuncia se produce en un momento histórico muy sensible a partir de los procesamientos de dos auxiliares de enfermería de Montevideo".
Citando al jurista Cafferata la magistrada señaló que "... si el juez recurre al perito precisamente, porque no tiene los conocimientos especializados para descubrir o valorar un elemento probatorio, no puede, luego que ha conocido sus conclusiones apartarse de ellas invocando argumentos científicos de su información privada, aún cuando aparezcan inmersos en supuestas reglas de experiencia. Si las pericias no satisfacen técnicamente a los jueces, éstos deberán echar mano de todas las disposiciones legales que permitan, aún de oficio, su aclaración, ampliación o renovación. Pero nunca podrán sustituir por la propia a la explicación técnica de los expertos, pues si antes convocaron al perito porque no conocían sobre el tema a peritar, no pueden – después – rechazar la fundada opinión de éste, invocando que ahora sí saben del contenido de que se trata...".
La jueza concluyó que lo actuado por la médica y la enfermera "se encuadra dentro de los parámetros de la actuación médica, cumpliendo con sus deberes como tal de acuerdo a su saber y entender dado su diagnóstico de los pacientes y conforme el estado actual de la ciencia".