-
Martes, 21 Mayo 2013
-
Created bySuper User
-
Viernes, 05 Enero 2018
-
Revised bySuper User
-
Favourites343 Tribunal de Apelaciones de Familia confirmó parcialmente condena por homicidio de empleado de La Pasiva /contenido/item/343-tribunal-de-apelaciones-de-familia-confirmo-parcialmente-condena-por-homicidio-de-empleado-de-la-pasiva.html
-
Categories
21.05.13.- El Tribunal de Apelaciones de Familia de 1º Turno confirmó parcialmente la sentencia del Juez Allen Denby por la que se condenó a dos adolescentes por el homicidio de un empleado de La Pasiva en el mes de mayo del pasado año, introduciendo un incremento en la pena del joven que efectuó el disparo, que se fijó en cinco años.
Los Ministros del referido Tribunal, Dra. María del Carmen Díaz, Dra. María Lilián Bendahan y Dr. Carlos Baccelli expresaron en el fallo que la infracción cometida por el adolescente que efectuó el disparo mortal se encuentra dentro de las calificadas como gravísimas a la ley penal (art. 72 núm.1 del Código de la Niñez y Adolescencia y 312.4 del Código Penal)" puesto que "implicó quitarle la vida a otra persona, sin que ésta opusiera la mínima resistencia, sin conocerlo, lo cual implica un total desprecio a la vida humana, máximo valor en nuestro sistema jurídico".
Añadieron no compartir el argumento esgrimido por la defensa que intentó disminuir el término de la medida aduciendo que "los adolescentes se encontraban 'influenciados' por la ex funcionaria del comercio" que fue procesada en sede penal de adultos. En tal sentido los jueces argumentaron que "ambos jóvenes al momento de los hechos contaban con 17 años, por lo que a ambos su autonomía progresiva de la voluntad les permitía evaluar perfectamente las consecuencias de sus actos de los que debe responsabilizarse".
También señalan compartir las expresiones del Fiscal Gustavo Zubía en cuanto a que si el homicidio hubiera sido por encargo, "tal hecho iría en perjuicio y no a favor de los encausados".
En cuanto al segundo adolescente, que no portaba armas cuando irrumpió en el local de La Pasiva, se entendió adecuado computar la atenuante de la primariedad, además de tomar en cuenta las circunstancias individuales del adolescente, por lo que se mantuvo lo que ya había sido resuelto por el Juez Denby.