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Miércoles, 29 Agosto 2012
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Viernes, 05 Enero 2018
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29.08.12, de DICOMI-SCJ.- El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2º Turno ordenó a la Intendencia Municipal de Montevideo que, en un plazo de quince días, brinde pleno acceso a quien requirió conocer informes sobre impacto ambiental y territorial que pudieran haberse realizado en forma previa a la autorización para ampliar el shopping de Punta Carretas, así como los datos disponibles sobre el trámite administrativo que culminó con dicha autorización.
Los Ministros Dres. John Pérez, Álvaro Franca y Tabaré Sosa revocaron parcialmente la sentencia de primera instancia dictada por el Juez Letrado en lo Contencioso Administrativo de 2º Turno, Dr. Alejandro Martínez. El Tribunal entendió que la resolución municipal "revela muy escaso esfuerzo en la labor de clasificación de la información y colide asimismo con el principio de transparencia en el obrar de los servicios públicos porque en ese criterio, bastaría la existencia de un dato que deba ser reservado para extender esa reserva a todo un expediente o a todo un archivo".