El artículo 171 del Código Penal establece que: se comete atentado usando violencia o amenaza contra un funcionario público, con alguno de los siguientes fines:
El de impedirle al funcionario asumir la función o tomar posesión del cargo.
El de estorbarle su libre ejercicio.
El de obtener su renuncia.
La prepotencia, el odio o el menosprecio.
Este delito se castiga con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría.