Esta Defensoría brinda Servicio de Asistencia Letrada de Oficio, en un área especializada dentro de la materia Penal, vinculada a la etapa del proceso en que se realiza la ejecución de las sentencias que determinan las consecuencias jurídicas a aplicarse a aquellas personas que han quebrantado la Ley penal.
Dichas consecuencias pueden consistir, ya sea en el cumplimiento de penas, sean estas privativas de libertad o de otra índole , o en la aplicación de medidas de seguridad curativas o eliminativas, según el caso.
Asimismo corresponde a la Defensoría de Ejecución Penal, intervenir especialmente, con tareas de contralor e información, para asegurar las garantías de los sujetos internados por orden judicial en establecimientos psiquiátricos pertenecientes al sector público, en el departamento de Montevideo. Ello corresponde no sólo en relación a casos en que se ha dictado condena respecto de un ilícito penal, sino también cuando las internaciones se verifican conforme a lo dispuesto por “Ley del Psicópata”. (Ley 9.581)
A través de los cometidos reseñados se concretan, en la práctica principios de rango Convencional y Constitucional, inherentes al sistema Republicano y propios del Estado de Derecho. Especialmente el de igualdad ante la ley, ya que a través del Servicio de Defensorías de Oficio se contribuye a asegurar el acceso al sistema de Justicia y en definitiva las Garantías del debido proceso. Esta característica se refuerza por el carácter absolutamente gratuito de los servicios que se brindan.
Respecto a los sujetos privados de su libertad, se encuentra entre los cometidos de esta Defensoría el propender al cumplimiento de los fines constitucionalmente previstos para la pena, así como tutelar la vigencia de las garantías inherentes al régimen de reclusión carcelaria.
Le corresponde a los Defensores de Ejecución Penal el intervenir en las causas con sentencia condenatoria ejecutoriada cuya ejecución compete a los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Montevideo.
Ante la Sede Judicial les corresponde a los Defensores de Ejecución Penal el control de la legalidad de la ejecución de las condenas impuestas. Les compete la gestión y promoción de todos los incidentes que faciliten al penado su reinserción laboral y social con posterioridad a su liberación.
A tal fin puede operar de nexo con entidades estatales o no gubernamentales para que éstas brinden su apoyo al encausado, ya sea para la obtención de habitación, trabajo, apoyo social y documentación habilitante.
Debido a que existen sujetos recluídos en establecimientos distantes de las Sedes en que tramitan sus procesos, la Defensoría de Ejecución Penal opera de nexo entre los Defensores de Oficio del Interior y los condenados presos para mejorar la cadena de información entre estos sujetos.
Se desarrollan tareas de coordinación e información con otros sectores del Sistema Penal, Judicial, Administrativo, Penitenciario etc., para así lograr un mayor grado de cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en relación a los sujetos condenados.
En lo referente a sujetos internados en los Hospitales Psiquiátricos estatales de Montevideo, técnicos de este Servicio concurren semanalmente al Hospital Vilardebó operando de nexo entre dicha Institución y las Sedes Judiciales, a fin de que se tomen las medidas tendientes a la supervisión de la internación y a la eventual promoción del egreso del paciente.
En este marco proporcionan también a las Direcciones de los Establecimientos la información que ellas soliciten en relación a la situación de los internados judiciales.
Dichas tareas de asesoramiento y contralor de expedientes se hacen extensivas aún cuando el sujeto condenado pase de un régimen de internación a un régimen de libertad con controles psiquiátricos periódicos.
Corresponde a los Defensores de Ejecución Penal la promoción de los ceses de las medidas curativas impuestas cuando se verifiquen los supuestos habilitantes para ello.
Con respecto a las internaciones por Ley del Psicópata dispuestas por Sedes con competencia en materia penal de Montevideo, corresponde a esta Defensoría llevar un Registro de Internaciones en base a la información que los Juzgados deben remitir a este Servicio.
En el marco de las concurrencias al Hospital Vilardebó también se procede al contralor de legalidad de estas internaciones, así como a las tareas de información y nexo con las Sedes judiciales en el sentido de posibilitar, cuando se dan las circuntancias, el egreso y el cese de la internación dispuesta.
La Defensoría de Ejecución Penal brinda información y orientación a los familiares o allegados de los sujetos privados de su libertad, o a los penados manteniéndolos al tanto del estado de su causa.