SCJ introduce ajustes al funcionamiento de los cuatro juzgados de género de San Carlos

Miércoles, 22 Noviembre 2023

La Suprema Corte de Justicia resolvió modificar la disposición (Acordada nº 8182) por la cual dispuso la supresión de los Juzgados Letrados de San Carlos de 1º y 2º Turnos para crear los Juzgados Letrados Especializados en violencia basada en Género, Doméstica y Sexual de 3º y 4º Turnos de San Carlos.

La resolución que dio origen a la transformación de los juzgados multimateria de San Carlos en juzgados de género se gestó ante el importante aumento de la demanda en los primeros dos juzgados especializados en materia de género, creados en diciembre de 2021.

Cabe recalcar que, si bien se pidió, tanto en el presupuesto nacional como en las sucesivas rendiciones de cuentas, la creación de juzgados de género para dar una adecuada respuesta sin tener que tomar la medida de transformación, tales peticiones no fueron atendidas (sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley Nº 19.924 en su art. 542). Esto obligó a la Suprema Corte de Justicia, en la acordada que hoy se modifica, a disponer la transformación de dos juzgados letrados de la misma localidad a efectos de duplicar el número de sedes con competencia en violencia de género, doméstica y sexual para dar una adecuada respuesta a la demanda creciente.

Ahora bien, atendiendo las demandas planteadas por la sociedad, la Suprema Corte de Justicia, a efectos de dar una adecuada respuesta a la necesidad creciente, es que decidió mantener la competencia de Familia correspondiente a la jurisdicción de San Carlos en los juzgados transformados.

De esta manera se busca atender la demanda creciente sin afectar el necesario equilibrio que debe haber entre la correcta prestación del servicio y la distribución equitativa de las cargas de trabajo entre las sedes ya existentes.

La asignación de la materia Familia a los juzgados especializados en violencia de género no desvirtúa las funciones de estos últimos, porque en ellos se atienden asuntos conexos, ligados a la filiación, ámbito del cual generalmente proceden las causas que determinan situaciones de violencia.

Asimismo, los datos estadísticos revisados en la fase de estudio arrojaron como resultado que los asuntos civiles, penales y laborales de los juzgados suprimidos pueden ser absorbidos por los juzgados de Maldonado sin inconvenientes. Y, como es notorio, Maldonado cuenta con buenas vías de comunicación que permiten a justiciables y testigos acceder con mucha facilidad a los juzgados radicados en dicha ciudad.

La Acordada nº 8185 incrementa a todo el territorio del departamento la jurisdicción de los Juzgados Letrados de Maldonado de 5º y 6º Turnos (Civil, Concursal, Contencioso Administrativo) 7º y 9º Turnos (Trabajo), y 4º y 11º Turnos (Penal CPP 1980 y 2017, Adolescentes infractores y Aduana).

La jurisdicción de los de los Juzgados Letrados de Maldonado de 1º, 3º y 8º Turnos (Familia) seguirá siendo la correspondiente a Primera, Tercera y Quinta Seccionales Judiciales del departamento de Maldonado.

El término "jurisdicción" designa el alcance territorial de la autoridad conferida a los juzgados.

Los expedientes en trámite de las materias Familia (común) y Familia Especializado no serán redistribuidos.

Los nuevos Juzgados Letrados en Violencia basada en Género, Doméstica y Sexual de 3º y 4º Turnos de San Carlos quedarán constituidos a partir del 11 de diciembre de 2023 y tendrán jurisdicción en todo el departamento.

Además, se dispuso que los cuatro Juzgados Letrados de Primera Instancia Especializados en Violencia basada en Género, Doméstica y Sexual de San Carlos serán competentes también en materia de Familia (común) en la jurisdicción correspondiente a la Segunda, Cuarta y Sexta Secciones Judiciales de Maldonado.

Finalmente, se facultó a la Dirección Nacional de la Defensa Pública para realizar las asignaciones y cambios necesarios que permitan asegurar la prestación del servicio en función de lo que se ha resuelto.

1108 vistas
Miércoles, 22 Noviembre 2023