Juez Souto condenó a policía que hurtó combustible de su dependencia para uso personal

Miércoles, 05 Septiembre 2018

El Juez Letrado en lo Penal de 31º Turno, Dr. Marcelo Souto, actuando como subrogante, condenó a un agente policial que compraba combustible a solicitud de su jerarca para uso de sus vehículos particulares.

Según el informe presentado por la Fiscal de Delitos Económicos y Complejos, Dra. Carolina Rico, en marzo del presente año el Comisario Mayor R. P., perteneciente a la Jefatura de Policía de Montevideo, solicitó iniciar una investigación administrativa al constatar irregularidades en la compra de combustible en la Sección Imprenta de dicho organismo.

En la investigación se constató que el Sargento J.C.V.T. concurrió en varias oportunidades a una estación de servicio para adquirir nafta a través de vales, que fueron otorgados por la dirección de tesorería de la jefatura, con el objetivo de realizar el mantenimiento y limpieza de las máquinas de la dependencia.


Sin embargo, a través de declaraciones de otros funcionarios del sector se comprobó que el combustible que se utiliza para realizar dicha tarea es queroseno y no nafta, ya que la misma se utiliza en casos excepcionales y en cantidades mínimas. Al mismo tiempo, se localizó en el depósito de la sección un bidón de 20 litros de dicho combustible.


Por otra parte, el indagado V. informó ante la sede que realizó las compras a solicitud de su jerarca el Comisario Mayor H.A., ya fallecido. El combustible era para uso del vehículo particular de H. y cada tres meses lo compensaba a V. con una parte de lo robado. El total de las compras realizadas entre febrero de 2017 y marzo de 2018 fueron de 747 litros aproximadamente.


En presencia de su abogado, J.V. asumió su responsabilidad y accedió a la realización de un juicio abreviado. El magistrado hizo lugar al pedido de la Fiscalía y condenó a J.C.V.R. como autor penalmente responsable de un delito continuado de peculado a 14 meses de prisión, pena que se sustituirá por la libertad vigilada bajo la supervisión de la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA).


También dispuso la inhabilitación especial para ocupar un cargo público dentro del Ministerio del Interior por dos años y la obligación de indemnizar al Estado, los gastos de alimentación, vestido y alojamiento durante el proceso y la condena (art. 105 C.P.P), en caso que corresponda.

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Miércoles, 05 Septiembre 2018