Juez Arsuaga espera expediente para resolver sobre joven que explotaba adolescentes en Tacuarembó

Viernes, 26 Octubre 2012

26.10.12, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de 1º Instancia de Tacuarembó de 1º Turno, Dr. Gonzalo Arsuaga, aguarda las actuaciones remitidas por el Juzgado Letrado Especializado de Crimen Organizado de 1º Turno en el marco de la investigación de un caso de explotación sexual de dos adolescentes en el mencionado departamento norteñ

La Jueza Letrada subrogante, Dra. Julia Staricco, procesó con prisión a dos hombres como autores de reiterados delitos de retribución a personas menores de edad para que ejecuten actos sexuales. También procesó con prisión a la pareja que recibió en su hogar a las dos jóvenes internas del INAU de Tacuarembó que fueron abusadas, imputándoles coautoría en un delito continuado de contribución a la explotación de personas menores de edad. La indagatoria permitió averiguar que la mencionada pareja recibió en su domicilio a las adolescentes, sometiéndolas luego a malos tratos, en especial permitiendo que así lo hiciera una chica de 17 años de edad, hija de los procesados, quien obligaba a las jóvenes de 13 y 15 años a robar en los supermercados y prostituirse. En su resolución, la jueza Staricco dispuso que en plazo de 72 horas se remitiese testimonio de lo actuado (copia autenticada) al Juzgado Letrado de Tacuarembó de 1º Turno, a cargo del Dr. Arsuaga, pero estos documentos aún no llegaron a manos del magistrado que los necesita para resolver en relación a la joven de 17 años que explotaba a las adolescentes que había invitado a su casa.
Mientras se da cumplimiento a lo dispuesto por la jueza Staricco, el matutino El Observador publica un artículo sobre el asunto bajo el título "Víctimas de abuso vuelven a INAU, pero quien las prostituyó está libre" (jueves 25/10/12 pág. 6), deslizando la idea de que hay una omisión por no internar a la joven de 17 años por su conducta abusiva. En forma más específica, en el artículo se menciona que el Dr. Arsuaga "no ha tomado resolución al respecto", pero se omite informar que el magistrado aún no ha recibido las actuaciones para tomar conocimiento de la investigación cumplida por la jueza Staricco. Por tratarse de una joven menor de edad, su situación debe ser ventilada en un juzgado con competencia en materia de adolescentes infractores y esa es la razón por la cual no actuó la Dra. Staricco y derivó el asunto al Juez Letrado de Tacuarembó de 1º Turno. Corresponde al Dr. Arsuaga estudiar los elementos reunidos en la investigación llevada adelante por la sede especializada en Crimen Organizado y resolver si corresponde iniciar procedimiento infraccional contra la joven A.P. de 17 años de edad. Así lo imponen las normas vigentes. En tanto se resuelve su situación, la joven permanecerá en libertad, y esa situación no cambiará sino hasta que "se le pueda atribuir material y psicológicamente un hecho constitutivo de infracción a la ley penal" (art. 71 del Cód. de la Niñez y la Adolescencia), lo cual solo puede hacer el juez competente (art. 70 de la misma norma).

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