Jueza Staricco procesó al rapiñero apodado "Pato Feo" imputándole por abultado raid delictivo

21.10.17, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada en lo Penal de Turno, Dra. Julia Staricco, dispuso el procesamiento de A.M.R.S. por múltiples rapiñas, tentativa de homicidio, lesiones e incendio. El mismo sujeto, apodado “Pato Feo” ya había sido procesado por la Jueza Letrada de Toledo de 2º Turno por el atraco perpetrado en la sucursal del BROU de la localidad de Sauce.

FECHA CONDUCTA SOSPECHADA DECLARACIÓN TIPIFICACIÓN

05/09/17

19:50 hs.

R. y su cómplice abordan a P.E.L.P. y le amenazan con arma de fuego para rapiñarle el vehículo Chevrolet. Se produce un intercambio de disparos, la víctima resulta herida y los perpetradores huyen del lugar. R. asegura que dejó a su compañero a un par de cuadras del lugar de hecho. Tentativa de homicidio muy especialmente agravado (art. 310, 312 num. 5 C.Penal)

05/09/17

20:30 hs.

R. y su cómplice abordan a F.R. que viajaba con su esposa e hija y pretendía ingresar con su automóvil a su domicilio, le amenazan con arma de fuego y se llevan el Chevrolet. El rodado se halló al día siguiente, incendiado. R. reconoce su participación, declarando que iba armado con escopeta y en compañía de otro hombre. También admite que ordenó quemar el vehículo.

Rapiña (art. 344 C. Penal)

Incendio (art. 206 C. Penal)

06/10/17

21:15 hs.

R. y otros sujetos ingresan armados a “Provisión Emanuel”, reducen a los presentes y se llevan $ 10.000 y mercaderías. Allí R. agrede a una de las víctimas y lo lesiona en un diente. R. negó su participación en este hecho. La víctima reconoció a R. como su agresor.

Rapiña (art. 344 C. Penal) especialmente agravado.

Lesiones personales (316 C.Penal)

11/09/17

22:00 hs.

A.R. estaba ingresando con su vehículo a la cochera de su domicilio cuando se presentan dos personas que le amenazan con un arma y se lo llevan, junto con un celular. R. negó su participación en el hecho. Rapiña (art. 344 C. Penal)

12/09/17

09:00 hs.

R. y otras personas se trasladan en el vehículo robado el día anterior e ingresan a un local de Abitab atendido por dos empleadas que se refugiaron en la zona blindada y no les abrieron. Los malogrados delincuentes rapiñan a un hombre que estaba en la puerta, hurtándole $ 1800 y un celular, retirándose del lugar. S.C. (empleada del lugar) reconoce a R. que además fue registrado por las cámaras de seguridad. El propio R. se reconoce en las imágenes grabadas. Rapiña (art. 344 C. Penal)

12/09/17

09:15 hs.

R. y otros sujetos llegan a un local de Redpagos atendido por dos mujeres. Mediante amenaza con armas de fuego logran hacerse con $ 16.000 y se dan a la fuga. Ambas víctimas reconocieron a R., que admitió haber ido al local portando armas de fuego y una granada. Rapiña (art. 344 C. Penal)

22/09/17

00:00 hs.

Portando armas R. y otro sujeto interceptan a J.I.M. cuando procuraba ingresar a su domicilio en su vehículo Citroen, llevándoselo consigo junto con el celular de la víctima. R. negó su participación en los hechos y dijo que estaba en Punta Gorda. Rapiña (art. 344 C. Penal)
22/09/17 R. a cara descubierta junto a otros dos sujetos con pasamontaña ingresan a un local de Abitab, pero las cajeras se encerraron y no les permitieron el paso, por lo que tomaron dinero y bienes de los clientes y se fueron del lugar. D.G. reconoció a R. como la persona que llegó acompañada de los encapuchados. Otra de las víctimas también reconoció al indagado. Rapiña (art. 344 C. Penal)

06/10/17

20:25 hs.

R. junto a otros dos sujetos no identificados abordaron a S.F.D.S. cuando se aprestaba a ingresar a su vehículo y se lo llevaron bajo amenazas.

La víctima reconoció al indagado R. como uno de los partícipes del ilícito.

El vehículo apareció al otro día con rastros de sangre.

Rapiña (art. 344 C. Penal)
07/10/17 R. y otros seis sujetos fuertemente armados rompen las mamparas con un marrón e ingresan al área de cajas de un local de Redpagos, amenazan a empleadas del local y se llevan $ 2.000.000 retirándose en el vehículo rapiñado el día anterior.

R. reconoce su participación en el hecho junto a otros compañeros y dice haberse llevado un millón y medio de pesos.

Cuando se recupera el vehículo se halla el marrón en su interior.

Rapiña (art. 344 C. Penal)

No se imputó el delito de asociación para delinquir previsto en el art. 150 del C. Penal porque el indagado ya fue procesado por ese delito en el Juzgado Letrado de Toledo de 2º Turno.

Se impuso la medida cautelar de privación de libertad atendiendo a la naturaleza de los hechos imputados.


La magistrada imputó a A.M.R.S. la comisión de un delito de porte de armas por reincidente, ocho delitos de rapiña especialmente agravados, un delito de rapiña especialmente agravado en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de lesiones personales intencionales, un delito de incendio y un delito de homicidio muy especialmente agravado en grado de tentativa, en régimen de reiteración real.

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