El 21.12.1995 se suscribe un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud Pública y la Suprema Corte de Justicia, con el fin de concretar la instalación de Centros de Autocomposición de Conflictos en diferentes zonas del Departamento de Montevideo.
Por dicho convenio el Ministerio de Salud Pública otorga la concesión del uso de los locales dentro de Centros de Salud Barriales, y la Suprema Corte de Justicia provee los recursos humanos y materiales para su funcionamiento.
En la ley presupuestal Nº 17.296 art. 452 del año 2000, los Centros de Mediación se institucionalizan creándose 10 cargos provistos por concurso, manteniendo su localización inicial en los barrios de Cerro, Cerrito de la Victoria, Ciudad Vieja, Malvín Norte y Piedras Blancas.
En la actualidad, si bien se ha procurado mantener la localización en los barrios mencionados, se sustituyó el Centro de Mediación Malvin Norte, creándonse una nueva localización en la zona de la Unión.
Los Centros de Mediación en la capital de la República se ubican en locales del Poder Judicial, del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Intendencia Departamental de Montevideo.
La Ley de Presupuesto Nº 18.719 en su art. 641 crea el Departamento de Mediación y el cargo de Director de Departamento, el que es provisto por concurso. Y en su Artículo 642 crea 10 Centros de Mediación en otros Departamentos del País, que se suman a los ya existentes en Montevideo, y 20 cargos de Mediador para desempeñarse en esos Centros. Para la ubicación de los mismos está a la firma un convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Suprema Corte de Justicia y el Congreso de Intendentes, procurando que sean las Intendencias Departamentales las que provean los locales.
La Acordada Nº 7978, de fecha 07 de junio de 2018 (comunicada mediante Circular nº 104/2018), resolvió derogar el artículo 6º de la Acordada Nº 7750 de 12 de setiembre de 2012, que establecía la dependencia jerárquica del Departamento de Mediación (ex- Oficina Coordinadora) de la Dirección General de los Servicios Administrativos en la Sub Dirección Técnico Jurisdiccional; y en su lugar se dispuso que el Departamento de Mediación pasara a depender de la Dirección Nacional de la Defensa Pública (DINADEF), con los cometidos asignados.
La mediación como método de resolución de conflictos, tiene como objetivo la búsqueda de soluciones a problemas planteados en los diferentes ámbitos en que las personas se interrelacionan: la familia, el trabajo, el barrio, el centro de estudio. Es una herramienta útil para la reconstrucción de redes sociales y comunitarias, ya que es un procedimiento flexible, voluntario, y confidencial, que procura potenciar el diálogo, el entendimiento y la búsqueda de acuerdos entre las personas que comparten un conflicto.
Este proceso es llevado adelante con la intervención de los mediadores, técnicos capacitados para favorecer la comunicación, escuchar y guiar en forma neutral a las personas procurando que puedan encontrar soluciones satisfactorias y sostenibles para ellas. Para que sea así, estas soluciones deben partir de los participantes de la mediación y ser aceptadas por ellos, y no impuestas por los mediadores.
En cada Centro de Mediación se desempeñan dos Mediadores, los cuales trabajan en las audiencias de Mediación; atienden a las personas que concurren a consulta o son derivadas por otras instituciones; y realizan el trabajo administrativo que sea necesario.
Además de llevar adelante las mediaciones, en estos Centros se brinda información y asesoramiento a todas las personas que concurren a consultar sobre los más diversos trámites y situaciones. En estos casos se derivan las consultas hacia las redes institucionales de organizaciones públicas y privadas que mejor pueden resolverlas.