Jueces consultados expresan que no se ha invocado la ley nº 19.172 sobre marihuana para archivar causas

Martes, 06 Mayo 2014

06.05.14, de DICOMI-SCJ.- Dieciséis jueces con competencia penal en el departamento de Montevideo expresaron no haber recibido solicitud alguna de clausura de procedimientos con fundamento en la reciente ley nº 19.172 que establece el control y regulación estatal de la producción y distribución de marihuana.

En la capital hay 20 jueces con competencia en materia penal.
Según expresaron los consultados por la División de Comunicación Institucional la mayor parte de los asuntos en trámite por estupefacientes (Decreto-Ley nº 14.294 modificada por Ley nº 17.016) refieren a otras sustancias y en algunos casos a cantidades de marihuana sensiblemente mayores a las que establece el nuevo marco normativo.
El art. 7 de la ley nº 19.172, que modifica el art. 31 del Decreto-Ley nº 14.294, establece que "se entenderá como cantidad destinada al consumo personal hasta 40 gramos de marihuana". También prescribe que sus disposiciones no alcanzan al hogar que "tuviere en su poder, fuere depositario, almacenare o poseyere la cosecha de hasta seis plantas de cannabis de efecto psicoactivo".
El Juez Letrado en lo Penal de 13º Turno, Dr. Homero Da Costa, tomó intervención en un procedimiento en el cual se incautó a un joven 20 gramos de marihuana y algo de dinero. Atendiendo a la exigua cantidad de estupefaciente en su poder, decretó su libertad sin perjuicio.
Por otra parte, la Jueza Letrada en lo Penal de 16º Turno, Dra. Julia Staricco, durante semana de turismo (período en que estuvo de turno) tomó intervención en un asunto en el que resultó detenida una persona que poseía un número indeterminado de plantas de marihuana. Se tomó el peso de las hojas de las referidas plantas y con esa información la Fiscalía solicitó el archivo del asunto. La jueza dispuso la realización de una pericia sobre las mismas que cumplirá el Instituto Técnico Forense antes de tomar una decisión sobre el fondo.

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