Jueza Staricco dictó los primeros procesamientos por desbordes del domingo en estadio Centenario

28.11.13, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de 1º Instancia en lo Penal de 16º Turno, Dra. Julia Staricco, procesó a dos aficionados por su responsabilidad en los desbordes ocurridos en el estadio Centenario en el marco del encuentro deportivo del domingo último entre los clubes de Nacional y Peñarol, que dejó como saldo varios policías lesionados.

El hecho ocurrió el pasado 24 de noviembre del corriente aproximadamente a la hora 16.30 cuando parciales del Club Nacional de Fútbol treparon por los muros en la escalera Nº 16 con la intención de pasar de la Tribuna Olímpica a la Tribuna Colombes. Los efectivos policiales que se encontraban apostados en ese lugar recibieron la indicación de impedir dicho pasaje, por lo que formaron un cordón para impedirlo. En ese momento fueron agredidos por los aficionados que los apedrearon e insultaron.
Como consecuencia de las pedreas, un funcionario que prestaba servicio ordinario como escudero del grupo de tareas apostado en la Tribuna Olímpica resultó herido en su pierna, lo cual fue constatado por el médico forense.
La investigación permitió establecer que los indagados quisieron pasarse de una tribuna a otra en el Estadio Centenario y, ante la imposibilidad de lograrlo, agredieron a los funcionarios policiales arrojando objetos diversos, uno de los cuales impactó en la pierna de uno de ellos. La lesión padecida determinó una inhabilitación menor a 20 días y no puso en peligro su vida.
La magistrada concluyó que esta conducta encuadra en el delito de atentado especialmente agravado por haberse cometido contra funcionarios públicos, en reiteración real con un delito de lesiones personales, especialmente agravado por haberse cometido con arma apropiada (arrojamiento de piedras), conforme al art 171, 172, 316 y 320 del C. Penal.
Staricco dictó el procesamiento con prisión de G.A. y el procesamiento sin prisión de D.G.C., imponiéndole a este último, en carácter de medida sustitutiva, la prohibición de concurrir a espectáculos públicos, así como el arresto nocturno de 20:00 a 08:00 horas los días viernes, sábados y domingos, todo por el plazo de 120 días.



Temas relacionados

Descargar material adjunto