Funcionario policial fue procesado por privar de libertad a su padre

05.04.15, de DICOMI-SCJ.- El titular del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Salto de 2º Turno, Dr. Javier Arias, dispuso el procesamiento con prisión de un funcionario policial por delitos vinculados a la omisión de asistencia y privación de libertad en perjuicio de su padre, de 68 años de edad.

El pasado día miércoles 30 de marzo, las autoridades policiales tomaron conocimiento del insuceso, a raíz de una denuncia efectuada por quien habría percibido una situación irregular en la finca ubicada en la calle República Italiana donde reside el efectivo junto a su esposa y sus tres hijos. Una vez enterados en sede judicial se dispuso orden de allanamiento, pudiéndose comprobar, según se describe en el auto de procesamiento, que en el fondo de dicha vivienda se encontraba en "una pieza precaria cercada por alambrado y con una cadena con candado que se encontraba abierta, su padre, J. R. C. de 68 años de edad, en un claro estado de abandono (físico y de higiene), dejadez y delgadez". De la investigación practicada se pudo constatar, que el indagado, J.R.E.C.R, además de impedir la libertad de su padre recluyéndolo en condiciones de habitabilidad e higiene extremadamente precarias, habría incurrido en el delito de omisión de asistencia al ser el curador judicialmente designado de su padre, quien padece trastornos en virtud de su patología. Surge fehacientemente comprobado que no se le prestaba ni atención médica ni se le suministraban medicamentos. En tal sentido, concluyen las pericias médicas y psiquiátricas practicadas: "se desprende que el Sr. J. C de 68 años, se encontraba adelgazado, con palidez cutáneomucosa, estado nutricional adelgazado, con mal estado de higiene, descalzo uñas largas y sucias, ropa en mal estado...mal estado de higiene y cuidados nutricionales, se encuentra en estado de abandono, viviendo en condiciones inaceptables como ser humano". En virtud del caudal probatorio reunido, lo detallado por pericias profesionales, basándose en la sana crítica, el magistrado consideró que contaba con elementos de convicción suficientes para resolver el procesamiento y prisión preventiva de J.R.E.C.R., imputado de la comisión de un delito de privación de libertad, conjuntamente con un delito de omisión de asistencia, en reiteración real. Lo resuelto se fundamenta en lo establecido por los artículos 15 y 16 de Constitución de la República, 125 y siguientes del CPP; 1, 3, 18, 54, 60, 281 y 332 del Código Penal.

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