Jueza Bobadilla procesó a madre por asfixia de sus hijas con bolsas de nylon

26.06.13, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de 1º Instancia de 1º Turno de Durazno, Dra. Mirtha Bobadilla, dictó el procesamiento de una madre por su responsabilidad en la asfixia de sus dos hijas de 1 y 5 años con sendas bolsas de nylon en su domicilio en Villa del Carmen.

El hecho ocurrió el día 13 de julio del año 2011. Interrogada la madre relató que sus dos hijas se encontraban jugando dentro de su habitación como lo hacían usualmente, mientras ella estaba tomando mate en el frente de su casa. En determinado momento entró a la casa y las llamó. Las niñas no respondieron, por lo que fue hasta ellas para saber lo ocurrido y las encontró con sendas bolsas de nylon en la cabeza, pidiendo ayuda a una amiga que en ese momento ingresaba a su domicilio.
Un vecino trasladó a las niñas en su auto particular hasta la policlínica local, donde el médico de guardia constató que habían fallecido.
El forense explicó que es posible que las niñas se hubieran colocado las bolsas sobre sus cabezas por juego o imitación, produciéndose en pocos segundos la depresión de conciencia que lleva al fallecimiento en alrededor de cinco minutos.
La madre, una mujer de 28 años, estableció un vínculo de pareja con el padre de sus primeros cuatro hijos y se trasladó a vivir en Villa del Carmen, en una relación que se prolongó por siete años. Uno de sus hijos falleció al año y medio por aspiración del contenido de una mamadera. Posteriormente mantuvo una relación de concubinato por cinco año con el padre de sus dos hijas fallecidas en 2011. Actualmente vive con una nueva pareja en otra localidad y no presenta afección mental que amerite un tratamiento específico ni que le impida actuar con conciencia y voluntad.
La jueza Bobadilla estableció en su resolución que "el accionar imprudente de la encausada, frente a un hecho previsible y evitable, provocó un riesgo al haber dejado solas tanto tiempo a niñas de tan corta edad y pese a que manifestó que había ocurrido una situación parecida hace un tiempo atrás".
La magistrada decretó el procesamiento de la mujer sin prisión y bajo caución juratoria, imputándole la comisión de un delito complejo de homicidio culposo, en grado de autoría.
Como medida sustitutiva de la prisión, se le impuso arresto en horas de descanso, debiendo presentarse y permanecer los días laborables, durante su tiempo de descanso, en la Seccional Policial de su domicilio, de lunes a viernes por el término de tres horas por día y por un lapso de 120 días.


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