CPP

Respecto a los Juzgados Penales de Montevideo

¿Cuántos turnos quedarán tramitando las causas ya iniciadas? ¿Y cuántos con el nuevo Código?

  • Se ha previsto que 8 juzgados tengan a su cargo la terminación de las causas ya iniciadas a la fecha de entrada en vigencia del nuevo CPP.
  • 16 juzgados comenzarán a trabajar en el nuevo CPP, con carga de trabajo cero.
  • Habrá 5 Juzgados de Ejecución y Vigilancia a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código.

¿Dónde trabajarán los Juzgados Penales de Montevideo?

  • Los 16 Juzgados Penales previstos para el nuevo régimen, y la OPEC trabajarán en el Centro de Justicia Penal de Montevideo, ubicado en Juan Carlos Gómez 1236/1240.
  • Los 5 Juzgados de Ejecución y Vigilancia se ubicarán en el edificio de la calle Misiones 1469.
  • Los 8 Juzgados Penales que trabajen con las causas en trámite se ubicarán en el edificio que fue alquilado a tales efectos, ubicado en Uruguay 907 esquina Convención.

¿El CIC desaparecerá como tal?

Sí, atento a que no existirán más presumarios y las nuevas causas ingresarán directamente en OPEC para su formalización en audiencia.

Respecto a los Juzgados Penales del Interior

¿Cómo se distribuirá el trabajo a partir de la vigencia del nuevo CPP?

De acuerdo al Plan Director aprobado, en los Juzgados Letrados MULTIMATERIA:

  • En las localidades de PASO DE LOS TOROS, TOLEDO y RÍO BRANCO, al existir un único juzgado, éste intervendrá en todos los procesos por nuevo y viejo Código;
  • En las localidades de YOUNG, DOLORES, CHUY, BELLA UNIÓN, SAN CARLOS, donde hay dos turnos, uno intervendrá en el proceso nuevo y otro continuará con los procesos anteriores.

En los Juzgados Letrados ESPECIALIZADOS en materia Penal:

  • En las localidades de CARMELO, TRINIDAD y FRAY BENTOS, dado que no se crea un nuevo Juzgado, el juzgado de 1er turno trabajará con los procesos bajo el régimen anterior y el nuevo C.P.P.
  • En MALDONADO, donde a los tres Juzgados existentes se sumará uno más, dos Juzgados trabajarán con el nuevo CPP y los dos restantes quedarán asignados a los casos en trámite.
  • En MELO, PAYSANDÚ, RIVERA, ROCHA, CIUDAD DE LA COSTA, LAS PIEDRAS, PANDO y SALTO donde se creará un nuevo Juzgado y ya existían dos, dos Juzgados trabajarán con el nuevo CPP, y el restante continuará con los procesos en trámite a la fecha de la vigencia de éste.
  • En el resto del país (ARTIGAS, CANELONES, ATLÁNTIDA, COLONIA, ROSARIO, DURAZNO, FLORIDA, MINAS, SAN JOSÉ, LIBERTAD, MERCEDES, TACUAREMBÓ y TREINTA Y TRES) des donde se crea un nuevo Juzgado, agregándose al ya existente, un Juzgado trabajará con el nuevo CPP y el otro tendrá a su cargo continuar con los procesos anteriores al CPP:

¿Qué pasará con los juzgados de ejecución y vigilancia en el Interior?

En principio, cada Juzgado mantendrá su ejecución y vigilancia en su respectiva jurisdicción. Sin perjuicio de ello, está previsto que en el futuro se creen Juzgados Letrados de Ejecución y Vigilancia en las localidades con mayor carga de trabajo.

Respecto al Trabajo de Fiscales

¿Cómo trabajarán los Fiscales?

La organización y el régimen de funcionamiento de las Fiscalías, será el determinado por la Fiscalía General de la Nación. Se sugiere consultar su página web.

El Poder Judicial y la Fiscalía General de la Nación están trabajando en la elaboración de un Protocolo de Flujos de Trabajo, el que se encuentra en su fase final. Éste será dado a conocer oportunamente.

Respecto al Trabajo de los Peritos Judiciales

¿Cómo trabajarán los Peritos Judiciales?

Los Peritos del Instituto Técnico Forense seguirán trabajando en régimen de turnos conforme a la organización concreta que está definiendo el Instituto, según la especialidad y que será dada a conocer oportunamente.

¿Los Fiscales podrán requerir pericias a los Peritos Judiciales?

Sí, conforme el artículo 180 del nuevo CPP, “El Ministerio Público podrá requerir como peritos a los miembros del Instituto Técnico Forense que le presten auxilio en la etapa de investigación.”

¿La Defensa (pública o privada) podrá requerir pericias a los Peritos Judiciales?

La Defensa no podrá directamente solicitar la realización de pericias, si no que podrá solicitar al Fiscal o al Juez, según la etapa procesal, que ordene la actuación de los peritos.

Respecto a la Defensa Pública

¿Dónde trabajará la Defensa Pública de Montevideo?

El Poder Judicial alquiló un nuevo local para la Defensoría Pública en lo Criminal de Montevideo, el cual se ubica en la calle Buenos Aires 446 esquina Misiones.

Actualmente se encuentra en obras de remodelación para este destino.

¿Cómo se organizará la Defensa Pública en el Interior?

La Dirección Nacional de la Defensa Pública está trabajando en la organización de los servicios con miras a la implementación del nuevo CPP y de acuerdo a las líneas ya adelantadas en el Plan Director del Proyecto.

Está trabajando también en la elaboración de un Protocolo de actuaciones con la Fiscalía, y oportunamente se dará a conocer toda esta información.