Jueza Gini establece que no le corresponde resolver sobre interrupción de embarazo de niña de 11 años

07.05.15, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de Primera Instancia de Familia Especializado de 5º Turno, Dra. Raquel Gini, determinó que no le correspondía resolver sobre la progresión o interrupción del embarazo de una niña de 11 años, determinando que la decisión pertinente debía ser tomada por los médicos tratantes en concurrencia con la madre de la niña en atención a su edad.

En su resolución Gini estableció que la norma aplicable al caso es el art. 11 bis del Código de la Niñez y Adolescencia, según redacción dada por la ley nº 18.426 de Defensa al Derecho de la Salud Sexual y Reproductiva.

La magistrada dispuso, además, que la niña ingresara en dependencias del INAU por amparo y en forma provisoria, una vez que sea dada de alta del Hospital Pereira Rossell, y que se la incluya en un hogar adecuado a su patología, brindándole asistencia psicológica y psiquiátrica, de lo que se informará en un plazo de treinta días.

Por otra parte, el presunto padre de la criatura, de iniciales V.M.G., de 41 años de edad, fue procesado con prisión como autor de un delito continuado de violación por el Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 1º Turno, Dr. Juan Carlos Fernández Lecchini. Además, ordenó una pericia de ADN sobre la menor para determinar si el hijo que gesta es del encausado.

En su resolución, el magistrado sostuvo que de los documentos y testimonios recogidos durante la investigación surgen elementos de convicción para imputarle el delito mencionado.

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