Juez Islas condenó por estafa a empresaria que brindaba servicios de fiesta

Lunes, 11 Diciembre 2017

11.12.17, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado en lo Penal de 31º Turno, Dr. Fernando Islas, condenó a una empresaria del ramo servicios de fiesta a cumplir una condena de seis meses por el delito continuado de estafa. La imputada aceptó expresamente que se le juzgara mediante proceso abreviado, permitiendo el dictado de la sentencia en la audiencia celebrada hoy.

La misma se llevó a cabo en una sala del primer piso del Centro de Justicia Penal y fue replicada en simultáneo en la sala de audiencias especiales. Esta dinámica fue necesaria atendiendo a la cantidad de víctimas comparecientes y sus respectivos acompañantes. También se hicieron presentes representantes de los medios de prensa. Ambas salas estuvieron prácticamente repletas.

A efectos de preparar lo necesario para esta inusual instancia, la Oficina Penal Centralizada (OPEC) contó con el apoyo de División Informática del Poder Judicial, que la semana pasada preparó a dos funcionarios de dicha oficina en el uso de los equipos de la sala de audiencias especiales, además de permanecer en el lugar brindando soporte durante el transcurso del acto.

Comparecieron a la audiencia 44 damnificados, quienes siguieron el acontecimiento desde la sala especial dispuesta en la planta baja del edificio. Mediante un coordinado despliegue del equipo de OPEC, se logró una comparecencia rápida, efectiva y sin retrasos de estas personas, que debieron hacer constar su presencia en acta y, para ello, debieron pasar por la sala de audiencias donde efectivamente el juez les interrogaba para registrarles también en audio, volviendo luego a la planta baja desde donde siguieron todo el desarrollo del acto.

La audiencia se celebró con normalidad y se acordó entre las partes (imputada y Fiscalía) tramitar el proceso abreviado. Se dictó la sentencia 6/2017 condenando a la imputada como autora de un delito continuado de estafa a la pena de 6 meses de prisión. La defensa manifestó en audiencia su desacuerdo con el fallo.
Desde hace aproximadamente unos cuatro años, la imputada es titular de la empresa unipersonal “Reina de la Noche”, que brinda servicios de fiestas, consistentes en su mayoría en celebraciones de cumpleaños de quince.

Ofrecía sus servicios a través de Facebook. En la empresa también trabajaban dos empleados V.D. y S.G., quienes la ayudaban con la logística de los eventos. Con la debida antelación, la imputada firmaba contrato por cada uno de los servicios y cobraba el precio pactado con los clientes en varias cuotas o al contado, ofreciendo promociones por pagos efectuados anticipadamente, que permitían descuentos en el precio total estipulado.

En cada oportunidad expedía a los clientes comprobantes de los respectivos pagos. En octubre del corriente año tomó estado público que se estaban incumpliendo los contratos de servicio pactados con la imputada, en algún caso por celebrarse las fiestas sin la totalidad de los servicios contratados y, en otros, directamente por suspenderse las mismas. Alertados de la situación, los damnificados denunciaron sus situaciones particulares, incluso aun encontrándose previstas las fechas de las fiestas para el 2018, 2019 y 2020.

Fue así que quedó acreditado, según lo declarado por los denunciantes ante la Fiscalía, por los dichos de la propia imputada en presencia de su Defensa y por lo que surge de los contratos y recibos de pago, que mediante engaños y estratagemas artificiosas la imputada indujo en error a varias personas, para procurarse un provecho injusto para sí. El monto aproximado que se adeuda a los 72 afectados asciende a la suma de $U 6.859.930 (pesos uruguayos seis millones ochocientos cincuenta y nueve mil novecientos treinta).

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Viernes, 05 Enero 2018

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